Aprueban Reforma Judicial
Prensa Internacional
Miercoles, 27 de Febrero de 2008
| La Reforma Judicial representa la mayor modificación en 80 años al Sistema de Justicia Penal en México. Foto:PI/Fernando CASTILLLO
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México, D.F., 27 de febrero. Tras varias semanas de polémica, el día de ayer la Cámara de Diputados aprobó, con 462 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones, la Reforma Judicial, luego de anular el párrafo 11 del artículo 16, el cual facultaba a los cuerpos policíacos para ingresar a un domicilio sin la orden de un juez.
La Reforma Judicial, que representa la mayor modificación en 80 años al Sistema de Justicia Penal en México, contempla la instauración de Juicios Orales, el uso de conversaciones grabadas como prueba en un proceso legal, la creación de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y, por primera vez, define legalmente a la delincuencia organizada como una sociedad de tres o más personas agrupadas para cometer delitos de forma permanente o reiterada.
Al respecto, la diputada Ruth Zavaleta Salgado, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, hizo un reconocimiento a los legisladores que impulsaron la reforma y se congratuló por la “sensibilidad” que prevaleció en la discusión.
Antes de la votación, y en medio de la controversia que desató el párrafo 11 del artículo 16 Constitucional, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Felipe Borrego Estrada, presentó una propuesta suscrita por legisladores de su grupo parlamentario, así como del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Verde Ecologista (PVEM) y el Partido Nueva Alianza, solicitando que se eliminara en su totalidad esa parte del mandato.
Dicho párrafo establecía textualmente: “La policía podrá ingresar sin orden judicial a un domicilio cuando exista una amenaza actual o inminente a la vida o a la integridad corporal de las personas, así como en el caso de flagrancia cuando se esté persiguiendo materialmente al inculpado, en los términos del párrafo cuarto de este artículo, debiendo informar de inmediato a la autoridad competente”.
Borrego Estrada mencionó que autorizar a las policías el ingreso a domicilios particulares sin la orden de un juez es una figura importante del Estado que ya existe en la jurisprudencia 2107 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, consideró prudente no elevarla a rango constitucional.
“Con esto, y escuchando voces de la academia, de investigadores y sectores de la sociedad, respondemos a un mandato democrático, queremos actuar con prudencia política. Otra razón es que ha habido desinformación sobre el tema”, subrayó.
La Reforma Constitucional al Sistema de Justicia Penal conlleva la implementación de un sistema “garantista”, en el que se deberán respetar los derechos tanto de las víctimas y ofendidos, como de los imputados.
La instauración de Juicios Orales, similares a los del sistema estadounidense de justicia, estarán basados en la presunción de inocencia de los acusados; contarán con las características de “acusatoriedad” y “oralidad”; además de que buscarán agilizar los procedimientos penales.
En cuanto a delincuencia organizada, la Reforma Judicial autorizará decretar el arraigo a una persona, por parte del Juez de Control y a solicitud del Ministerio Público; siempre y cuando sea necesario para el éxito de la investigación; la protección de personas o bienes jurídicos; o cuando haya riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia.