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Girarán Órdenes de Protección para mujeres.

Laura Rivas/PI
Jueves, 13 de Marzo de 2008

     

México, D.F. La directora del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (Inmujeres D.F.), Martha Lucía Micher Camarena, informó hoy que la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la capital del país facultará a jueces del Tribunal Superior de Justicia local para girar Órdenes de Protección temporales a favor de mujeres víctimas de violencia, a través de las cuales se podrá desalojar al agresor del domicilio conyugal o prohibir que se acerque, busque o intente entablar comunicación con la víctima.

En conferencia de prensa, Micher Camarena afirmó que las Órdenes de Protección son una medida que se implementará únicamente en el Distrito Federal, por lo que la legislatura capitalina en materia de protección de los derechos de las mujeres se colocará a la vanguardia a nivel nacional.

Asimismo, Micher Camarena anunció que el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal contará con jueces de lo civil, familiar y penal durante las 24 horas del día, los trecenitos sesenta y cinco días del año, a fin de brindar atención inmediata a las solicitudes de protección que se presenten.

La funcionaria resaltó que la solicitud de la Orden de Protección, por tratarse de una medida de urgencia, se tramitará directamente ante el juez, sin que sea necesaria la presentación de una denuncia previa ante el Ministerio Público.

Una vez girada la Orden de Protección, la mujer violentada tendrá la opción de permanecer en su domicilio o trasladarse a una de las Casas Refugio que habilitará el Gobierno del Distrito Federal.

Pasadas las 72 horas que contempla la Orden de Protección, la víctima decidirá si desea levantar una denuncia penal contra el agresor, en cuyo caso el gobierno capitalino le asignará a una abogada que la representará legalmente de forma gratuita.

Las Órdenes de Protección podrán ser de tres tipos: de emergencia, preventivas o de naturaleza civil. Las primeras serán emitidas por un juez de lo penal cuando se establezca que está en peligro la integridad o la vida de la víctima. En el segundo caso, respecto a las órdenes carácter preventivo, también deberán ser emitidas por un juez de lo penal, a fin de brindar atributos a la Secretaría de Seguridad Pública para que otorgue seguridad a la víctima o la traslade a un lugar seguro. El tercer tipo, las órdenes de naturaleza civil, podrán ser dictadas por un juez de lo familiar o de lo civil para suspender temporalmente las visitas del agresor a los hijos en común o para proteger el patrimonio de la mujer.

Otro aspecto importante de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es que los Ministerios Públicos deberán contar las 24 horas del día con personal suficiente y capacitado para brindar atención digna y respetuosa a las mujeres que acudan a denunciar algún acto de violencia.

Para concluir, Martha Lucía Micher Camarena indicó que el gobierno del Distrito Federal cuenta con dos meses de plazo para presentar el reglamento de operación de la Ley, cuya publicación marcará la entrada en vigor de las medidas antes mencionadas.

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