SCJN: Omitir declaración por un año es defraudación fiscal.
PI
Miercoles, 08 de Agosto de 2007
| La SCJN determinó que representa un delito la conducta omisiva de no presentar la declaración fiscal. Foto PI/Karel DEL ÁNGEL
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México, D.F., 8 de agosto. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy que omitir la presentación de la declaración de impuestos durante un año, incurre en el delito de Defraudación Fiscal.
La determinación se tomó luego de que un contribuyente que no presentó sus declaraciones y fue procesado por el delito de defraudación fiscal equiparada, solicitara un amparo de revisión a la SCJN.
Tras analizar el caso, los ministros de la Primera Sala de la SCJN determinaron que representa un delito la conducta omisiva de no presentar la declaración fiscal por más de doce meses.
El quejoso alegó que la fracción V del artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, viola la garantía de exacta aplicación de la ley en materia penal, consagrada en el artículo 14 constitucional.
Los ministros determinaron que conforme al tercer párrafo del artículo 14 constitucional, todo hecho, para ser considerado como delito, debe estar descrito expresamente en una ley, de manera clara y precisa.
En el caso concreto, el delito en cuestión en su descripción determina en qué consiste la infracción y la sanción penal correspondiente, por lo cual cumple con las exigencias constitucionales.