Suprema Corte define atribuciones de COFETEL.
Laura Rivas/PI
Jueves, 24 de Mayo de 2007
| El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió y aclaró, el día de hoy, la controversia sobre la COFETEL. Foto:PI/Jose ROSALES
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México D.F., 24 de mayo.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió y aclaró, el día de hoy, la controversia sobre la presunta “inconstitucionalidad” de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), aclarando que su creación es legal, y que estará supeditada a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
La COFETEL es uno de los temas impugnados en la Acción de Inconstitucionalidad promovida por las Cámaras de Senadores y Diputados, así como por la Presidencia de la República, en contra de la Ley Federal de Telecomunicaciones, pues se presume que su creación implica facultar a un organismo descentralizado para regir, de manera autónoma, la asignación y atribuciones de las frecuencias televisivas y radiofónicas en México.
Los magistrados de la Suprema Corte de Justicia aclararon que la controversia alrededor de la COFETEL deriva de la naturaleza de su creación, ya que los órganos descentralizados que existen hoy en día han sido creados por iniciativa del gobierno federal; mientras que la COFETEL, si bien cuenta con un decreto de creación presidencial, desde 1996, al haber sido incluida en la Ley Federal de Telecomunicaciones, se puede interpretar que se eleva a rango de Ley, por lo que podría igualar en jerarquía a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Al respecto, los ministros expusieron que la descentralización de un organismo se lleva a cabo dentro de un régimen de centralización administrativa, pero se distingue de ella porque atribuye a un órgano independiente, subordinado, competencia para tomar decisiones respecto a un tema, sin que éste tenga personalidad jurídica independiente, ni recursos propios. Tal es del caso del Sistema de Administración Tributaria (SAT), que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de la Comisión Federal de Competencia (COFECO), subordinada a la Secretaría de Economía.
En este sentido, la decisión de la Suprema Corte establece que la solicitud de “inconstitucionalidad” de la COFETEL es improcedente en tanto que el Congreso y la presidencia tienen las mismas facultades para solicitar la creación organismos descentralizados, aunque, en este caso, se definió que la COFETEL no fue creada por la ley que se impugna, sino por el decreto presidencial de 1966.
Asimismo, el Pleno subrayó la obligada subordinación de los todos organismos creados como “descentralizados” hacía alguna de las secretarías federales. En el caso de la COFETEL, se determinó que ésta rendirá cuentas a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Lo anterior disipará la polémica sobre la posible discrecionalidad en la asignación de frecuencias, en la que podría incurrir el organismo, si careciera de la regencia de la federación.